miércoles, 30 de mayo de 2012

Asociados de BASE en la Red Laboral Solidaria

No Más Desocupación con la Red Laboral Solidaria - RELASOL - R.L.S.


De acuerdo a la filosofía del Proyecto NOMADES que no desea que ninguna persona u organización tenga ningún tipo de impedimento para participar de este proyecto; damos a conocer las siguientes categorías de miembros asociados en RELASOL, que para su mejor difusión se dividen en SOCIOS de BASE y SOCIOS COMPLEMENTARIOS:

  Socios de BASE

 Socios fundadores

Serán socios fundadores los que participaron en el acto de constitución de la asociación; y que figuran en el acta fundacional.

Son todos aquellos que, cumpliendo los requisitos para su inscripción como miembros numerarios, suscriban dicha acta fundacional de la Asociación.

Su numeración se realizará por el mismo orden en que figuren en ella.


 Socios directivos

Es requisito imprescindible ser propuestos por los socios fundadores y ser previamente un corresponsal de la Mutua que haya realizado una tarea intachable y digna de elogio.

 Socios numerarios o profesionales en España

Los que con sujeción a las condiciones de ingreso y condiciones reglamentarias y que han sido reconocidos como Socios Estatutarios, pasan a constituir el núcleo social con derecho a disfrutar de los beneficios que la Asociación concede.

Para ser socio numerario (de número) se requiere:

*       ser mayor de edad
*       ser desocupado, desempleado, parado, aparcado y/o quebrado.
*       acreditar que puedan ofrecer algún tipo de servicio a la comunidad.  
*       solicitar el ingreso, comprometiéndose a cumplir las normas por que se rige la Asociación
*       ser admitido por la Junta Directiva como Socio Estatutario

Son personas físicas o empresas que estando desocupados quieren desarrollar su actividad y que desean establecer con la asociación un vínculo que les permita participar en todas las actividades programadas y beneficiarse de todos sus recursos.

Los socios profesionales abonan una cuota anual de …… euros. En el caso de los socios profesionales de nueva afiliación, la cuota se calculará en función de la fecha de la notificación de su admisión.

Para ello, se dividirá el año en cuatro trimestres, con cuotas prorrateadas según una regla de tres simple. Es decir, aquellas personas admitidas durante el primer trimestre del año abonarán la cuota anual completa de ….. euros, los admitidos durante el segundo trimestre, ¾ de la cuota completa euros, durante el tercer trimestre,  ¾ de la cuota completa en euros, y durante el último trimestre del año, ¼ de la cuota completa en euros.


Los socios profesionales tienen voz y voto en las asambleas de la asociación. Pueden o no formar parte de la junta directiva y acceder a todos los servicios que ofrece la asociación:

*   acceso a la prestación de todos los servicios que se encuentren
    estandarizados en la Guía de Servicios de la Asociación.
*      acceso a todos los cursos que organice la asociación (a precio
    preferente cuando dichos cursos no sean gratuitos).
*      acceso a todas las ofertas de servicios, seguros y adquisiciones a
    precios favorables que tenga la asociación.
*      inclusión en la base de datos de la página web, a la que tendrán
    acceso los clientes potenciales.
*      acceso ilimitado a todos los recursos que se ofrecen en la página web.
*      pertenencia a la lista de correo de RELASOL.
*      Se prevé que tengan acceso ilimitado a cualquier otro servicio que no
    se esté ofreciendo aún, pero que más adelante pueda ofrecer la
    asociación.

La condición de Miembros Numerarios de RELASOL sólo podrá ser adquirida por aquellas personas desocupadas, desempleadas y/o quebradas que en el momento de su incorporación a la Asociación estén reconocidas legalmente por el gobierno de su país como desocupados y puedan ofrecer algún tipo de servicio a la comunidad.

El nombramiento como Miembro Numerario, tras la certificación de que para cada la calidad de los servicios a entregar se compatibilizan con los que la Asociación pretenda ofrecer a la comunidad.

Dicho nombramiento será aprobado a propuesta de la Junta Directiva, a menos de que un mínimo de cinco miembros numerarios soliciten que la candidatura de alguno de ellos sea sometida a votación, en cuyo caso el candidato requerirá, para ser admitido como socio numerario, la obtención de una mayoría simple de los votos emitidos por la primera Asamblea General Ordinaria a realizarse, pasando a revistar hasta ese momento como Socio Provisional.

 Socios observadores

Serán aquellas personas desocupadas, desempleadas y/o quebradas que en el momento de su incorporación a la Asociación estén reconocidas legalmente por el gobierno de su país como desocupados y que con capacidad para ofrecer algún tipo de servicio a la comunidad; la Asociación RELASOL carezca en su Guía de Servicios de la modalidad que dichas personas pretenden entregar.

Serán miembros observadores hasta tanto la Asociación implemente el servicio ofrecido en su Guía de Servicios Oficial.

 Socios colaboradores o adheridos

Serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación y que cumplan los derechos y deberes de los presentes estatutos. Estos asociados tienen voz pero no voto, de igual forma la cualidad de socio colaborador es gratuita y no tiene cuotas de ingreso ni anual.

El nombramiento se hará por acuerdo unánime de la Junta Directiva que lo propondrá a la Asamblea General Ordinaria para su aprobación y tendrá vigencia mientras perduren las condiciones que lo motivaron.

Cada colaboración o adhesión aprobada, retendrá para su/sus autores el copyright que le brindará la Asociación luego de implementar dicha colaboración.

 Socios protectores o patrocinadores

Serán todas aquellas personas o entidades contribuyen económicamente, de modo voluntario, con sus donativos o cuotas, al sostenimiento de la Asociación.

Su nombramiento será acordado por la Junta Directiva y se dará a conocer en la primera Asamblea General Ordinaria que se celebre.

Todos los socios de RELASOL recibirán un carné de socio en el que quedará constancia de su categoría dentro de la asociación.

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